El CONADEH condena la muerte violenta del joven asesinado frente a instalaciones de Casa Presidencial

Comunicado No. 004-01-23

El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (CONADEH) como institución Nacional de Derechos Humanos del Estado de Honduras, con facultades constitucionales y legales, y con independencia de los poderes del Estado y otros sectores de la sociedad, ante los últimos acontecimientos referentes a los asesinatos suscitados de manera violenta hacía la población hondureña por presuntos miembros de delincuencia organizada, de forma enérgica se pronuncia en los siguientes términos:

Primero: El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos es un órgano Constitucional de carácter pluralista e independiente, cuya organización y procedimientos de actuación están orientados por la resolución de la Organización de las Naciones Unidas, número 1992/54, que contiene los “Principios de Paris” relativos al estatuto de las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos, y cuyas actuaciones se ajustan a lo previsto en el artículo 59 de la Constitución de la República y en su Ley Orgánica, las que van siempre dirigidas a la protección y promoción de la dignidad humana de los habitantes.

Segundo: El CONADEH condena las muertes violentas perpetradas en contra de la población hondureña por supuestos miembros del crimen organizado, tal es el caso del joven BRAYAN FERNANDO DÍAZ, con 19 años de edad, quien perdió la vida al ser acribillado en horas de la noche del miércoles 11 de enero a mediaciones del portón de Casa Presidencial en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central.

Tercero: Es de suma preocupación para el CONADEH que se sigan perpetrando este tipo de hechos violentos en contra de la vida e integridad personal de las y los ciudadanos a nivel nacional, situación que se ve reflejada en los datos estadísticos del Observatorio de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (OVUNAH), donde de manera alarmante expresan que la violencia en Honduras se ha convertido en algo cotidiano y donde a diario pierden la vida un promedio de 10 a 11 personas de manera violenta.

Cuarto: El CONADEH recuerda lo establecido en el artículo 65 de la Constitución de la Republica de Honduras que literalmente expresa que “El derecho a la vida es inviolable”. De igual forma, el artículo 4 de la Convención Americana de Derechos Humanos determina que “Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente.” Con base a esa legitimidad, desde la Defensoría del Pueblo de Honduras se mantendrá vigilancia de manera permanente para que las gestiones investigativas correspondientes sean realizadas de manera transparente y en atención a los estándares internacionales de la debida diligencia, así como el buen proceder de las Instituciones involucradas.

Quinto: Se exhorta a las autoridades correspondientes a elaborar y aplicar estrategias y métodos contundentes para generar de manera inmediata y efectiva acciones de prevención contra las muertes violentas y la erradicación de estos crímenes en Honduras, a fin de garantizar el cese de la impunidad de este tipo de actos delictivos.

Sexto: Finalmente, el CONADEH hace un llamado a las autoridades pertinentes a realizar una pronta y rigurosa investigación de los casos de las y los ciudadanos a los que se les ha privado de la vida y a condenar a los responsables materiales e intelectuales de estos hechos, y de esta manera fomentar la creación de un ambiente de confianza y credibilidad en los habitantes, en los procesos de investigación, sanción y judicialización de este tipo de acciones criminales, apuntando de esta manera a la efectividad en las investigaciones y a la garantía de la vida del ser humano como fin supremo de la sociedad y del Estado.


Tegucigalpa, Honduras. 12 de enero de 2023

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